La mayor parte de personas que compraron un coche entre el 2006 y 2013, tienen derecho a reclamar una compensación económica por haber adquirido su vehículo a un precio superior al normal. Esto se debe a que la mayoría de marcas acordaron manipular los precios de los vehículos que vendieron entre esos años, algo que es ilegal por ir contra la legislación en materia de competencia. Existen múltiples modelos y marcas que pueden tener derecho a una indemnización contra el cártel del coche.
Una indemnización es una compensación económica a cualquier persona afectada por acciones ilegales de un tercero. En este caso, las marcas de coches cobraron un sobreprecio de forma ilícita y los compradores de vehículos afectados por el cártel de coches se vieron afectados por dicho sobreprecio. Por ello, los compradores de vehículos nuevos (durante el periodo que se llevó a cabo esta práctica ilegal, 2006 al 2013) que fueron afectados por el cártel del coche tienen derecho a reclamar una indemnización por parte del vendedor de su vehículo.
La indemnización a recibir no es fija para todos los casos. El juez deberá evaluar caso a caso cuál es la indemnización que la marca debe pagar al comprador original del vehículo. Por lo general, los distintos jueces están condenando a los fabricantes a pagar entre un 5% y un 10% sobre el total del valor de compra del coche.
Para determinar la cantidad exacta de la indemnización los jueces se basan en varios criterios. Entre ellos, el más importante es el informe pericial que elabora el perito. Este informe pretende demostrar el daño que sufrió el comprador del coche a través de una serie de cálculos y pruebas fehacientes de que existió un sobreprecio en el momento de la venta. Por este motivo, en Legiscar nos aseguramos de trabajar con los mejores peritos, para tener informes periciales caso por caso que nos permitan obtener la máxima cantidad posible de indemnización.
No podemos garantizarte una fecha de cobro fija, ya que dependerá en gran medida de los plazos del juicio. Desde Legiscar nos comprometemos contigo a presentar tu demanda en un plazo de 45 días desde que recibamos la totalidad de la documentación. A partir de ahí, te iremos informando de cada cambio en tu proceso de reclamación. Una vez el juez dicte sentencia, te la comunicaremos y te haremos la transferencia del importe que te corresponde.
En cualquier caso, en Legiscar no cobramos ninguna tarifa recurrente ni cuotas mensuales como hacen otras plataformas como la OCU. Independientemente del tiempo que tardemos en conseguir tu indemnización por reclamar contra el cártel del coche, tendrás la tranquilidad de solamente haber pagado la provisión de fondos inicial.
Haremos una transferencia a tu cuenta con el importe final, tras deducir nuestros honorarios. Todo esto se hará de conformidad con la hoja de encargo firmada. En todo momento tendrás total transparencia y visibilidad del proceso, además de recibir toda la documentación legal procedente. Si tienes dudas, puedes contactarnos en info@legiscar.es
El único riesgo que asumirás serán los 15€ pagados al inicio en concepto de provisión de fondos. Nosotros nos haremos cargo de cubrir los costes del proceso en caso de no tener éxito en la reclamación en fase judicial. Podrás comprobar esto en la hoja de encargo. Además, si ganamos, te devolveremos los 15€ pagados inicialmente. Cabe destacar que, si decides retirar tu demanda o dejar de contar con nosotros antes de que termine el proceso judicial, sí tendrás que abonar las posibles costas que imponga el juez, ya que no podremos hacernos cargo nosotros.
No, en Legiscar solo tendrás que pagar una provisión de fondos de 15€ al principio que te devolveremos cuando consigamos la indemnización. El resultado del importe que recibas será el importe de la indemnización, menos honorarios de Legiscar (30% del importe de la reclamación), más los intereses legales y la devolución del fondo de los 15€.
Ponte en contacto con nosotros, nuestros expertos estarán encantados de atenderte.
Contáctanos